La transacción de una vivienda es el resultado de la decisión de unas personas que deciden comprar o alquilar y otras que deciden vender o alquilar.

Aparentemente es un asunto fácil, pero que puede tener diversas complicaciones si no se ha tenido en cuenta elementos muy importantes que atañen al vendedor o arrendador y otros que corresponden al comprador o arrendatario.

Con el objetivo de ofrecer al público un servicio más el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Lleida pretende exponer con brevedad los puntos más relevantes y que se deberán seguir en el proceso de compra, venta o alquiler de un inmueble.

Esperamos que esta guía le sirva de orientación y satisfaga sus necesidades de información básica en la tramitación de una vivienda o local comercial.

 
 
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                              Para el vendedor


Haga un planteamiento fiscal. Consulte la repercusión de la venta del inmueble a efectos del I.R.P.F.; variará en función de lo que usted transmita (vivienda habitual, segunda vivienda, local de negocio, finca rústica o urbana afecta a una actividad, etc), así como de la desgravación por nueva inversión.

Es muy importante que consulte también la repercusión que le afectará a efectos de Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos.

Prepare la siguiente documentación:

1. Escritura o título de propiedad.

2. Plano de la vivienda.

3. Estatutos de la comunidad de propietarios.

4. Último recibo pagado de la comunidad de propietarios.

5. Certificado de estar al corriente de pagos comunitarios expedido por el presidente de la Comunidad.

6. En su caso, deberá aportar certificado de las derramas pendientes de pago, que se hayan podido acordar en la comunidad de propietarios.

7. Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

8. Últimos recibos de las compañías de agua, gas y electricidad.

9. Último recibo pagado de la hipoteca o la escritura de cancelación de la misma.

Cuando firme exclusivas, le aconsejamos que lo haga con un Agente de la Propiedad Inmobiliaria.

 
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                              Para el arrendador


Actualmente el contrato de alquiler no tiene que tener una duración ilimitada, ya que la prórroga forzosa está suprimida.

Es conveniente tener la Cédula de Habitabilidad que garantice que la vivienda está en condiciones de ser ocupada y en el futuro la Cédula del Edificio.

La formación de un contrato de alquiler implica los gastos de un mes de alquiler como depósito de garantía (dos si la vivienda está amueblada o es un local de negocio), un mes de alquiler como honorarios el API o del Administrador de Fincas y el pago de una mensualidad adelantada.

Pacte la revisión anual del importe del alquiler en el contrato.

Antes de poner en alquiler la vivienda, revise las instalaciones (funcionamiento de interruptores, grifos, cerraduras, etc.), haga un repaso de pintura, compruebe que los electrodomésticos funcionan correctamente y encomiéndele a una empresa especializada la limpieza de la vivienda, con todo ello se evitará problemas y alquilará la vivienda a mejor precio y más rapidamente.

Recuerde que se puede pactar la repercusión del I.B.I.

Recuerde que hay que registrar y depositar la fianza (En Cataluña en el "Institut Català del Sol").

 
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                              La seguridad  
 
Exija a su Agente de la Propiedad Inmobiliaria que disponga de un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles incidencias en la vivienda en el curso de la transacción.

Exija a su Agente de la Propiedad Inmobiliaria la afiliación a la junta arbitral de consumo que le garantice una rápida solución en caso de conflicto, sin coste alguno para usted.

Exija a su Agente de la Propiedad Inmobiliaria la pertenencia al correspondiente colegio profesional reconocido por la ley para intervenir en la compra-venta-alquiler de todo tipo de inmuebles.
Tenga presente que la contratación de los servicios de un Agente de la Propiedad Inmobiliaria le ofrece la máxima garantía de seguridad en cualquier tipo de transacción inmobiliaria, evitándole gastos o riesgos innecesarios.